Europa está realizando una apuesta decidida por la economía circular, mediante la reutilización y reciclaje de los aparatos eléctricos y electrónicos, como sector estratégico para la economía. La nueva Directiva 2012/19/UE, entre otros aspectos, ampliaba la responsabilidad de los actores que intervienen en su ciclo de vida, contemplando medidas que garantizaran la trazabilidad y tratamiento de los residuos.
En España la Directiva ha sido transpuesta en el Real Decreto 110/2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), que adapta la normativa a la Directiva y a la Ley de Residuos y Suelos Contaminados 22/2011, regulando la práctica totalidad de las fases de la gestión de los RAEE.
Bajo la consideración de la responsabilidad ampliada del productor, y del principio de que quien contamina paga, los costes de gestión de los residuos deben ser financiados por los productores de los aparatos, desde su recogida, hasta su correcta descontaminación y tratamiento.
Se considera productor a cualquier persona física o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada, fabrique o comercialice aparatos bajo su propia marca, aunque estos hayan sido fabricados por terceros, tanto en España como en otros países.
Además de estar inscritos en el
Registro Nacional de Productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (REI-RAEE), los productores tienen una serie de obligaciones legales, cuyo incumplimiento puede derivar en importantes sanciones.